La
Asociación de Pacientes de Fibromialgia y Síndrome de Fatiga Crónica de Málaga, APAFIMA, comenzó su andadura el 23 de
octubre de 1998, es una asociación sin ánimo de lucro y con un ámbito de actuación
provincial.
Es la primera asociación andaluza que ofreció cabida a los familiares y enfermos de fibromialgia de la Comunidad Autónoma.
En el año 2007 se constituyó la Federación de Fibromialgia, Síndrome de Fatiga Crónica y Sensibilidad Química Múltiple Alba Andalucía y Apafima pasó a pertenecer a esta Federación Andaluza a la cual ayudó e impulsó.
En octubre de 2010 se amplia para dar cabida a enfermos de fatiga crónica o encefalomielitis miálgica a causa de la coexistencia de estas dos enfermedades en muchos pacientes.
APAFIMA ofrece a las personas asociadas actividades de recuperación funcional, psicológica,
asesoramiento, información y formación a través de las profesionales que
dedican su esfuerzo para que la persona enferma mejore su calidad de vida.
Queremos que las personas asociadas compartan sus preocupaciones e inquietudes con otras personas que llevan más tiempo conviviendo con estas enfermedades de sensibilización central y se beneficien de unas profesionales especializadas en estas patologías.
En la actualidad APAFIMA está conformada por un total de 274 personas asociadas entre hombres y mujeres afectadas de fibromialgia y/o síndrome de fatiga crónica. También hay un grupo de personas colaboradoras que no están enfermas pero nos ayudan con su cuota a que Apafima pueda seguir ofreciendo las mejores terapias para estas enfermedades.
Las actividades que desarrolla APAFIMA se subdividen en tres grandes áreas como son:
A. Área de Asesoramiento, información y orientación
B. Área de Recuperación Funcional
C. Área Psicológica
A. Área de Asesoramiento, información y orientación
A través de este servicio la trabajadora social trata de mantener a las personas asociadas puntualmente informadas de todo lo relativo a su enfermedad. Es el primer punto de encuentro con las personas enfermas recién diagnosticadas y con aquellos otras que desean conocer los diferentes aspectos que rodean a la fibromialgia y síndrome de fatiga crónica.
Trabaja para ayudar a las personas afectadas por estas enfermedades en aquellos problemas y necesidades que dificulten su bienestar, así como en fomentar sus capacidades personales, derivación a otros profesionales, información, asesoramiento, etc.
Los objetivos de este servicio son:
1. Proporcionar apoyo y asesoramiento a las personas enfermas y familiares
2. Facilitar información sobre la Asociación a toda persona interesada
3. Función mediadora tanto en conflictos que se puedan presentar en las relaciones entre las personas asociadas, así como aquellos que puedan presentar con sus familias u otros grupos.
4. Motivar a las personas afectadas y fomentar una actitud positiva para que puedan afrontar mejor su situación
5. Coordinación del trabajo interdisciplinar entre los diferentes profesionales
6. Coordinación de las actividades
7. Tramitación de ayudas y subvenciones para el funcionamiento de la Asociación
8. Gestión de los recursos obtenidos para el desarrollo de las actividades, garantizando su mejor distribución y ajustándolas a las necesidades de los socios
9. Planificación, gestión y ejecución de proyectos y prestaciones destinadas a la Asociación
Atención individualizada
1. Valorar a la persona enferma, su situación familiar, social y laborar para poder detectar sus necesidades
2. Presta apoyo emocional
3. Mediación familiar
4. Informar, orientar y gestionar los recursos sociales
5. Promover la inserción social, laboral y educativa
6. Gestionar prestaciones básicas y/o complementarias
7. Asesorar en aspectos laborales, jurídicos, etc.
Atención grupal
1. Armonización entre las personas que participan en APAFIMA
2. Intrafamiliar
3. Social
4. Laboral
Atención comunitaria
1. Divulgación y sensibilización poblacional de la enfermedad e información sobre los servicios que presta la Asociación.
2. Se trabaja para expandirse al barrio en el que se haya ubicada la Asociación, el barrio de la victoria, Cruz Verde, distrito centro, para que las personas enfermas y sus familias se puedan beneficiar de los talleres, cursos, charlas, etc que organice la Asociación.
3. Colaborar con distintas entidades públicas y participar en sus mesas de trabajo, reuniones, charlas, talleres, actos y eventos.
Este servicio lo lleva a cabo la trabajadora social de APAFIMA Yolanda Peinado Cueto.
B. Área de Recuperación Funcional
Curso de gimnasia de mantenimiento
La persona enferma que practica un ejercicio físico aeróbico moderado regular mejora
el dolor, la rigidez, la ansiedad y la calidad de vida en general. Cuando se
cesa en la práctica del ejercicio, la paciente o el paciente empeora de nuevo, es decir, hay
que mantener el ejercicio tras un programa de larga duración.
Otro tipo de ejercicios indicados para pacientes con fibromialgia y/o fatiga
crónica son aquellos cuyos objetivos van enfocados a mejorar la flexibilidad y
con ello disminuir la rigidez articular, a potenciar la musculatura (ejercicios
con therabands), a concienciar sobre higiene postural y ergonomía, a mejorar la
capacidad respiratoria, entre otros. Estos son ejercicios que se pueden
practicar en grupo o de forma individual siempre y cuando estén guiados por la fisioterapeuta.
Por todo ello, la pauta para las personas enfermas de fibromialgia y/o fatiga crónica
debe ser aprender a moverse de la mejor forma posible, con los tipos de
ejercicios más adecuados y teniendo en cuenta las normas básicas de higiene
postural, así como aprender a respirar. Los ejercicios más recomendados son los
ejercicios aeróbicos, respiratorios, de estiramiento, de potenciación y de
relajación.
Sesiones de masoterapia (masajes)
El masaje le ayudará a relajarse y a dormir mejor. Beneficia su sistema
linfático y circulatorio, favorece la eliminación de toxinas, alivia el dolor
muscular provocado por tensiones o malas posturas. Una combinación de roces,
fricciones, amasamientos, vibraciones, percusiones y presiones, que en manos
técnicamente instruidas y cualificadas hacen del mismo una experiencia
relajante, gratificante además es reparadora.
Según la indicación y los objetivos de tratamiento propuestos por la fisioterapeuta de APAFIMA se pueden lograr
efectos: Mecánicos, fisiológicos, higiénicos, preventivos, deportivos,
sedantes y reparadores del sueño.
Escuela de espalda
La Escuela de Espalda es un tratamiento donde se trabaja los diferentes grupos musculares que conforman el cuerpo mediante ejercicios suaves de yoga, pilates, tai-chi, chi-kung, etc. que mejoran síntomas como el dolor, la rigidez, la fatiga, el equilibrio y que están adaptados de forma individualizada por el fisioterapeuta.
Uno de los objetivos principales de esta Escuela de Espalda es concienciar a la persona enferma sobre su propio esquema corporal y su corrección postural, ya que esto aportará un notable beneficio para su salud.
En la Escuela de Espalda además se trabaja el área emocional mediante ejercicios de respiración y ejercicios de relajación que ayudan al paciente en caso de ansiedad o estrés.
Disponemos de diferentes grupos según la condición física del paciente.
La combinación de ejercicio físico y sesiones de fisioterapia ayuda a los pacientes a mejorar su calidad de vida.
Liberación miofascial
Forma parte de la gran familia de las terapias manuales y consiste en un “proceso simultáneo de evaluación y tratamiento, en el que, a través de movimientos y presiones sostenidas tridimensionales, se libera las restricciones del sistema miofascial, con el fin de recuperar el equilibrio funcional del cuerpo”.
El sistema fascial es un tipo de tejido conectivo que como una red ininterrumpida, controla el funcionamiento óptimo de todos los sistemas del organismo. La presencia de restricciones en el sistema miofascial puede provocar dolor, fatiga, alteraciones del sueño, limitación de la movilidad, debilidad muscular, disfunciones de la articulación temporomandibular etc.
Esta terapia se suele combinar con vendaje neuromuscular ya que mejora los efectos conseguidos.
Neuroacupuntura
La neuroacupuntura es una excelente técnica para combatir el dolor de cualquier parte del cuerpo. También produce efectos relajantes, por lo que son técnicas que se combinan perfectamente con la fisioterapia, ya que potencian sus efectos mutuamente.
Terapia craneosacra
Es otro tipo de terapia manual con el que se diagnostica y trata el sistema craneosacro. Este sistema está íntimamente relacionado con el sistema nervioso central, sistema nervioso vegetativo, sistema musculoesquelético y el sistema endocrino. Esta terapia considera al individuo como una totalidad integrada, por lo que representa una terapia efectiva para el tratamiento de los pacientes con fibromialgia, síndrome de fatiga crónica, síndrome miofascial, etc.
Vendaje neuromuscular
Proporciona un refuerzo muscular, ayuda a corregir la postura, mejora la circulación, disminuye el dolor. Indicado para aliviar el dolor, relajar músculos hipertónicos y estimular los hipotónicos, etc.
Punción seca
Se trata de un tipo de fisioterapia invasiva cuyo objetivo es tratar los puntos gatillo miofasciales que provocan dolor, tanto local como referido, limitación de la movilidad, fatiga, recuperación retardada, debilidad muscular, etc. mediante unas agujas especiales de punción seca.
Un punto gatillo no es más que un foco hiperirritable dentro de una banda tensa de un músculo esquelético. Éste se caracteriza por la liberación continua del neurotransmisor acetilcolina, lo que va a impedir que esas fibras se relajen. Esto a su vez va a generar isquemia o falta de llegada de sangre, y por tanto dolor que se va a irradiar y se va a extender. Se puede activar por una sobrecarga aguda o crónica, un trauma directo, por una enfermedad visceral, inflamación o disfunción articular, radiculopatía o estrés.
La diferencia entre puntos sensibles de fibromialgia y puntos gatillos miofasciales no es más que la intensidad del estímulo por el que son activados. Por tanto, los puntos sensibles descritos para la fibromialgia son también puntos gatillos miofasciales.
Este área de recuperación funcional está dirigido por los fisioterapeutas Álvaro Cabezas Chounavelle e Isabel Andrade Romero.
C. Área Psicológica
Sesiones
psicológicas individualizadas:
Muchos de los síntomas y problemas asociados a la fibromialgia y/o fatiga
crónica requieren de atención psicológica especializada, ya que el padecer
estos síntomas durante amplios periodos de tiempo, provoca una serie de
reacciones que son perjudiciales ya que contribuyen a incrementar el propio
dolor y demás síntomas, y a la larga solo sirven para perpetuar el
problema.
El tratamiento psicológico del dolor crónico debe ser capaz de responder a dos
aspectos fundamentales: actuar sobre el dolor de modo que los síntomas de
regulación natural operen adecuadamente y, en segundo lugar, evitar que éste se
haga dueño de la vida del paciente, impidiéndole tener calidad de vida.
En las terapias que realizamos en APAFIMA, tras realizar una evaluación
inicial, se establecerá un diagnóstico a partir del cual se emplearán las
técnicas oportunas para cada caso en particular.
En esta terapia vamos a actuar sobre los comportamientos y emociones
relacionados con el afrontamiento del dolor, incidiendo en todo lo que pueda
estar perjudicando a la situación de la enfermedad.
Taller para la estimulación de la memoria:
¿Por qué ocuparnos de la memoria? La memoria es el soporte de nuestras
acciones, de nuestras experiencias, de nuestros conocimientos, de nuestro
aprendizaje, al tiempo que es unos de los procesos cognitivos que los enfermos
de fibromialgia y/o fatiga crónica ven mermados.
El Taller para la estimulación de la memoria está basado en un modelo de
intervención en el que vamos a reconocer los cambios que se dan en los enfermos
de fibromialgia, al mismo tiempo que las capacidades que poseen, procurando
mantener y recuperar la eficacia mental compatible con una vida personal y
social lo más normalizada y activa posible.
Comprenderemos el funcionamiento del proceso de memoria, y daremos las
herramientas necesarias para compensar los olvidos y procurar mantener una
memoria activa.
Las sesiones se realizarán en grupo, ya que esto propiciará el poder compartir
experiencias, aumentar los contactos sociales y fomentar la participación
activa de todos los asistentes.
Otros talleres impartidos por la psicóloga de APAFIMA son:
Taller de asertividad y habilidades sociales, aprender a decir no, taller de autoestima, coaching, etc.
Este servicio de psicología está dirigido por la psicóloga MaryCarmen Sanchez Sanjuan
En Sesión celebrada el 11 de marzo de 2022 por la que se renueva la Junta Directiva.
Presidenta: Argentina Gutiérrez Aranda
Vicepresidenta: Marita Torralba Sendra
Secretaria: Adelaida Abella García
Tesorera: Estrella García Torralba
Vocales por orden alfabético:
Carmen Oliva Espejo
Rocío Valenzuela Jaime
Purificación Fernández Rufián
Josefa Lozano Merino
MODELO DE ESTATUTOS
ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE PACIENTES DE FIBROMIALGIA Y SÍNDROME DE FATIGA CRÓNICA DE MÁLAGA “APAFIMA”
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artº 1º.- DENOMINACIÓN Y NATURALEZA
Con la denominación de ASOCIACIÓN DE PACIENTES DE FIBROMIALGIA Y SÍNDROME DE FATIGA CRÓNICA DE MÁLAGA “APAFIMA” se constituye en Málaga, el día 23 de octubre de 1998, una organización de naturaleza asociativa y sin ánimo de lucro, al amparo de lo dispuesto en el artículo 22 de la Constitución Española, a la Ley 1/2002, de 22 de marzo, Reguladora del Derecho de Asociación, Ley 4/2006, de 23 de junio, de Asociaciones de Andalucía y Decreto 152/2002, de 21 de mayo, por el que se aprueba el reglamento de Organización y Funcionamiento del Registro de Asociaciones de Andalucía. El régimen de la Asociación se determinará por lo dispuesto en los presentes Estatutos.
Artº 2º.- NACIONALIDAD Y DOMICILIO
La Asociación que se crea tiene nacionalidad española.
El domicilio social de la Asociación está en Pasaje Poeta Safo de Lesbos 2, de la localidad de Málaga.
Artº 3º.- ÁMBITO DE ACTUACIÓN
El ámbito territorial de actuación de la Asociación es Provincial.
Artº 4º.- DURACIÓN
La Asociación se constituye por tiempo indefinido.
Artº 5º.- FINES
APAFIMA es una asociación cuyo fin es la atención para la mejora de la calidad de vida de las personas afectadas de fibromialgia y síndrome de fatiga crónica.
Y para su consecución desarrollará las siguientes actividades:
a) Dar a conocer los pormenores de la enfermedad y su sintomatología
b) Intercambiar experiencias sobre la detección y fases de la misma
c) Información sobre la naturaleza de la enfermedad y su tratamiento
d) Educación preventiva que evite otras complicaciones
e) Ejercicios físicos aconsejables para paliar la enfermedad
f) Dar a conocer por medio de personal especializado los hábitos habituales que hay que modificar para mejorar la calidad de vida de las personas enfermas
g) Buscar medios técnicos y materiales que ayuden a paliar las carencias sanitarias, sociales y personales, que surgen a las personas afectadas por la enfermedad
h) Organizar charlas y coloquios sobre los nuevos avances en la lucha contra la enfermedad
i) Formación sanitaria para pacientes y sus familiares
j) Promover la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres
k) Promover la participación y presencia de las mujeres en la vida política, económica, cultural y social
CAPÍTULO II
REQUISITOS Y MODALIDADES DE ADMISIÓN Y BAJA
Artº 6º.- ADQUISICIÓN DE LA CONDICIÓN DE SOCIA/O
Para adquirir la condición de persona asociada se requiere ser mayor de edad y con plena capacidad de obrar e interesarse en los fines de la Asociación. La solicitud de ingreso debe ser aceptada por la Junta Directiva.
Las personas asociadas podrán ser: de número, colaboradoras y de honor.
Serán personas asociadas de número todas las que padeciendo la enfermedad desean formar parte de la Asociación, previo cumplimiento de los requisitos señalados en el capítulo sexto y abonen las cuotas establecidas.
Serán personas asociadas colaboradoras las que, sin padecer esta enfermedad, quieran participar en las actividades de la Asociación, abonando la cuota establecida.
Personas asociadas de honor serán todas las que no formen parte de la Asociación y cuyos méritos justifiquen que la Asamblea General Extraordinaria les otorgue esta distinción.
Artº 7º.- PÉRDIDA DE LA CONDICIÓN DE SOCIA/O
La condición de persona asociada se perderá por alguna de las siguientes causas:
a) Por la libre voluntad de la persona asociada
b) Por impago de cuotas
c) Por incumplimiento grave de los presentes Estatutos o de los acuerdos válidamente adoptados por los órganos de gobierno
CAPÍTULO III
DERECHOS Y DEBERES DE LOS ASOCIACIADOS/AS
Artº 8º.- DERECHOS
Son derechos:
a) A participar en las actividades de la Asociación y en los órganos de gobierno y representación, a ejercer el derecho de voto, así como a asistir a la Asamblea General de acuerdo con los Estatutos.
b) A recibir información acerca de la composición de los órganos de gobierno y representación de la Asociación, de su estado de cuentas y del desarrollo de su actividad.
c) A acceder a la documentación de la Asociación a través de la Junta Directiva.
d) A impugnar los acuerdos de los órganos de la Asociación que estime contrarios a la Ley o a los Estatutos en el plazo de cuarenta días y se debatirán en la próxima Asamblea.
Artº 9º.- OBLIGACIONES
a) Compartir las finalidades de la Asociación y colaborar para la consecución de las mismas.
b) Pagar las cuotas, derramas y otras aportaciones que, con arreglo a los Estatutos, puedan corresponder a cada persona asociada.
c) Cumplir el resto de obligaciones que resulten de las disposiciones estatutarias.
d) Acatar y cumplir los acuerdos válidamente adoptados por la Junta Directiva y la Asamblea General.
CAPÍTULO IV
LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO
SECCIÓN 1ª
DE LA ASAMBLEA GENERAL DE SOCIOS/AS
Artº 10º.- DE LA ASAMBLEA GENERAL DE SOCIOS/AS
El órgano supremo y soberano de la Asociación es la Asamblea General de Socios y Socias integrada por la totalidad de las personas asociadas que se hallen en uso pleno de sus derechos sociales.
Artº 11º.- LEGITIMACIÓN PARA CONVOCAR LAS ASAMBLEAS
Las Asambleas serán convocadas por la persona que ostente el cargo en la presidencia de la Asociación, por iniciativa propia, por acuerdo de la Junta Directiva o por solicitud firmada por el 25% del número legal de personas asociadas.
Acordado por la Junta Directiva la convocatoria de una Asamblea General, la Presidenta o Presidente habrá de convocarla en el plazo máximo de quince días naturales para su celebración, incidiendo en los puntos a tratar en la misma.
La solicitud de convocatoria efectuada por las personas socias habrá de contener expresamente el orden del día de la sesión, adjuntando los documentos o información que fuere necesaria para la adopción de los acuerdos.
Artº 12º.- DE LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA
La Asamblea General Ordinaria habrá de convocarse una vez cada año, al objeto de tratar los siguientes puntos del Orden del Día:
1.- Lectura y aprobación, si procede, del acta de la sesión anterior de la Asamblea General Ordinaria
2.- Lectura y aprobación, si procediere, de las cuentas del ejercicio anterior
3.- Lectura y aprobación, si procediere, de los presupuestos del nuevo ejercicio
4.- Lectura de la memoria de actividades y aprobación
5.- Aprobación, si procediere, del programa de actividades del nuevo ejercicio
Artº 13º.- DE LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA
Fuera de los puntos del orden del día expresados en el artículo anterior, para la adopción de cualquier acuerdo se requerirá la convocatoria de Asamblea General Extraordinaria, y en concreto para tratar algunos de los siguientes puntos:
1.- Modificación parcial o total de los Estatutos
2.- Disolución de la Asociación
3.- Nombramiento de la Junta Directiva
4.- Disposición y Enajenación de Bienes
5.- Constitución de una Federación, Confederación o Unión de Asociaciones o su integración en ella si ya existiere
6.- Aprobación del cambio de domicilio
Artº 14º.- QUÓRUM DE CONVOCATORIA
Las Asambleas, tanto ordinarias como extraordinarias, quedarán válidamente constituidas, previa convocatoria efectuada con una antelación de quince días, cuando concurran a ellas, presentes o representados, un tercio de las personas asociadas con derecho a voto; en segunda convocatoria, cualquiera que sea el número de personas asociadas con derecho a voto.
Para la validez del cómputo de personas asociadas, las representaciones habrán de presentarse por escrito a la persona que ostente el cargo en la secretaría con inmediación al inicio de la sesión debidamente cumplimentado.
Artº 15º.- FORMA DE DELIBERAR Y ADOPCIÓN DE ACUERDOS
Todos los asuntos se debatirán y votarán conforme figuren en el orden del día. Finalizado el debate de un asunto se procederá a su votación.
Los acuerdos de la Asamblea General se adoptarán por mayoría simple de las personas presentes y/o representadas, en los puntos siguientes:
a) Disposición o enajenación de bienes
b) Nombramiento de la Junta Directiva
c) Solicitud de declaración de Utilidad Pública
d) Constitución de federaciones o integración en ellas
e) Modificación de los Estatutos
f) Artº 16º.- DELEGACIÓNES DE VOTO O REPRESENTACIONES
La representación o delegación de voto solo será válida para la sesión o convocatoria por la que se expida, siendo nula cualquier delegación o representación indefinida.
Habrá de hacerse constar por escrito, con indicación de los datos personales de persona que delega y de la representante, y firmado por ambas.
SECCIÓN 2ª
DE LA JUNTA DIRECTIVA
Artº 17º.- JUNTA DIRECTIVA. Composición y duración
La Junta Directiva es el órgano colegiado de gobierno, representación y administración de la Asociación, sin perjuicio de las potestades de la Asamblea General como órgano soberano. Solo las personas asociadas podrán formar parte de la Junta Directiva.
Estará compuesta: Presidenta o Presidente, Vicepresidenta o Vicepresidente, si así lo decidiera la Junta Directiva, Secretario o Secretaria, Tesorero o Tesorera y Vocales.
Su mandato será de tres años, pudiendo ser sus miembros reelegidos tantas veces se presenten.
Artº 18º.- ELECCIÓN Y SUSTITUCIÓN
Para ser miembro de la Junta Directiva será requisito imprescindible ser mayor de edad, estar en pleno uso de los derechos civiles y no estar incurso en los motivos de incompatibilidad establecidos en la legislación vigente.
Los miembros de la Junta Directiva serán elegidos, entre las personas asociadas, en Asamblea general Extraordinaria, de conformidad con lo dispuesto en estos Estatutos.
Convocada Asamblea General para la elección de la Junta Directiva, las personas asociadas que pretendan ejercer su derecho de elegibilidad habrán de presentar su candidatura con una antelación como mínimo de quince días a la celebración de la Asamblea.
Producida una vacante, provisionalmente la Junta Directiva podrá designar a otra persona miembro de la misma para su sustitución hasta que se produzca la elección de la persona vocal correspondiente.
Artº 19º.- CESE DE LOS CARGOS
Las personas que pertenecen a la Junta Directiva cesarán en sus respectivos cargos por las siguientes causas:
a) Por resolución judicial
b) Por renuncia
c) Por acuerdo adoptado con las formalidades estatutarias, en cualquier momento, por la Asamblea General
d) Por la pérdida de la condición de persona asociada
Los ceses y nombramientos habrán de ser comunicados al Registro de Asociaciones, para su debida constancia y publicidad.
Artº 20º.- DEL/A PRESIDENTE/A
a) Ostentar la representación de la Asociación ante toda clase de personas, autoridades y entidades públicas o privadas.
b) Convocar las reuniones de la Junta Directiva y de la Asamblea General, presidirlas, dirigir sus debates, suspender y levantar las sesiones.
c) Ejecutar los acuerdos de la Junta Directiva y de de la Asamblea General, pudiendo para ello realizar toda clase de actos y contratos, y firmar aquellos documentos necesarios a tal fin.
d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos de la Junta Directiva y Asamblea General
e) Ordenar los gastos y pagos de la Asociación
f) Dirimir con su voto los empates
g) Visar las actas y certificaciones de los acuerdos de la Junta Directiva y Asamblea General
h) Ejercer cuantas otras funciones sean inherentes a su condición de persona que ostenta el cargo en la presidencia de la Junta Directiva y de la Asociación.
i) Proponer vocales para pertenecer a la Junta Directiva
Artº 21º.- EL/A VICEPRESIDENTE/A
El fin de la persona que ostenta el cargo en la vicepresidencia será representar al Presidente o Presidenta en su ausencia.
Artº 22º.- DEL/A SECRETARIO/A
Corresponde a la persona que ostenta el cargo en la secretaría de la Junta Directiva las siguientes funciones:
a) Asistir a las sesiones de la Junta Directiva y redactar las actas de aquellas
b) Efectuar la convocatoria de las sesiones de la Junta Directiva y Asamblea, por orden de la Presidenta o Presidente, así como las citaciones correspondientes.
c) Dar cuenta inmediata a la persona que ocupe la presidencia de la solicitud de convocatoria efectuada por las personas socias en la forma prevista en estos Estatutos.
d) Transmitir a la persona que ocupe la presidencia y al resto de la Junta Directiva cuantas sugerencias les sean formuladas por parte de las personas asociadas o personas relacionadas con la misma.
e) Preparar los asuntos con la documentación correspondiente que hubiere de ser utilizada o tenida en cuenta.
f) Expedir certificados de los acuerdos aprobados y cualesquiera otras certificaciones, con el visto bueno del Presidente o Presidenta, así como los informes que fueren necesarios.
g) Tener bajo su responsabilidad y custodia el archivo, documentos y libros de la Asociación, a excepción de los libros de contabilidad.
h) Cualesquiera otras funciones inherentes a su condición de Secretaria o Secretario.
En los casos de ausencia o enfermedad y, en general, cuando concurra alguna causa justificada, esta persona será sustituida por el vocal o la vocal de menor edad.
Artº 23º.- DEL/A TESORERO/A
a) Recaudar los fondos de la Asociación, custodiarlos e invertirlos en la forma determinada por la Junta Directiva
b) Efectuar los pagos, con el visto bueno de la persona que ocupe la presidencia
c) Intervenir con su firma todos los documentos de cobros y pagos, con el conforme del Presidente o Presidenta
d) La llevanza de los libros de contabilidad de la Asociación y el cumplimiento de las obligaciones fiscales, en plazo y forma.
e) La elaboración del anteproyecto de Presupuestos para su aprobación por la Junta Directiva para su sometimiento a la Asamblea General. En la misma forma se procederá con arreglo al Estado General de Cuentas para su aprobación anual por la Asamblea.
f) Cualesquiera otras inherentes a su condición como persona que ostenta el cargo en la tesorería, como responsable de la gestión económico financiera.
g) Las cuentas bancarias serán mancomunadas, debiendo firmar dos de los tres cargos elegidos: Presidente o Presidenta, Secretario o Secretaria y Tesorera o Tesorero.
Artº 24º.- DE LOS VOCALES
Las personas con cargo de Vocal tendrán las misiones específicas encomendadas por la Junta Directiva. El número de vocales será determinado por la Junta Directiva y ratificado por la Asamblea.
Artº 25º.- CONVOCATORIAS Y SESIONES
1.- Para la válida constitución de la Junta Directiva a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y adopción de acuerdos deberán estar presentes la mitad de sus miembros requiriéndose, necesariamente, la presencia del Presidente o Presidenta y del Secretario o Secretaria o de quienes les sustituyan.
2.- La Junta Directiva se reunirá cuantas veces sea necesario para la buena marcha de la Asociación, por convocatoria realizada por la persona que ostente el cargo en la presidencia, a iniciativa propia o de cualquiera de sus miembros.
3.- La convocatoria, con sus elementos formales de orden del día, lugar y fecha, se hará llegar con una antelación mínima de cuatro días a su celebración.
4.- Las deliberaciones seguirán el mismo criterio señalado en el artículo 12 para la Asamblea General. Los acuerdos se adoptarán por mayoría simple de los votos emitidos, dirimiendo el voto del Presidenta o Presidente en caso de empate.
5.- A las sesiones de la Junta Directiva podrán asistir aquellas personas con funciones de asesoramiento, previamente citadas o invitadas por la persona que ocupe el cargo en la presidencia, con voz y sin voto para mejor acierto en sus deliberaciones.
6.- Los acuerdos de la Junta Directiva se ejecutarán de la misma forma que se establece en el artículo 15 para la Asamblea General.
Artº 26º.- COMPETENCIAS
La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:
a) Confeccionar el Plan de Actividades
b) Organizar y desarrollar las actividades aprobadas por la Asamblea General
c) Aprobar el Proyecto de Presupuesto para su aprobación definitiva por la Asamblea General
d) Aprobar el estado de Cuentas elaborado por la persona que ostente el cargo en la tesorería para su aprobación definitiva, si procediere, por la Asamblea General
e) Elaborar la Memoria Anual de actividades para su informe a la Asamblea
f) Creación de las Comisiones de Trabajo que estime conveniente, para el desarrollo de las funciones encomendadas y las actividades aprobadas, así como para cualesquiera otras cuestiones derivadas del cumplimiento de los fines sociales
g) Resolver las solicitudes relativas a la admisión de las personas asociadas
Artº 27º.- CARÁCTER GRATUITO DEL CARGO
Los miembros de la Junta Directiva ejercerán su cargo gratuitamente sin que en ningún caso puedan recibir retribución por el desempeño de su función, no obstante podrán recibir el importe de los gastos relacionados por tareas encomendadas por la Junta Directiva debidamente justificadas.
SECCIÓN 3ª
DISPOSICIONES COMUNES A LOS ÓRGANOS
Artº 28º.- DE LAS ACTAS
1.- De cada sesión que se celebre la Asamblea General y Junta Directiva se levantará acta por la Secretaria o Secretario, que especificará necesariamente el quórum necesario para la válida constitución (en el caso de la Junta Directiva se especificará necesariamente las personas asistentes), el orden del día de la reunión, las circunstancias del lugar y tiempo en que se han celebrado, los puntos principales de las deliberaciones, así como el contenido de los acuerdos adoptados.
2.- En el acta figurará, a solicitud de las respectivas personas asociadas, el voto contrario al acuerdo adoptado, su abstención y los motivos que lo justifiquen o el s